domingo, 21 de enero de 2024

Don Antonio José de Rojas Izquierdo nació en Añover de Tajo el 1 de mayo de 1693 (1)


El Licenciado Don Antonio José de Rojas Izquierdo nació en Añover de Tajo el 1 de mayo de 1693, hijo de José de Rojas y de Antonia Izquierdo, murió el 28 de mayo de 1756.

Cuento en este artículo el gran trabajo de investigación de María Jesús Juárez Gómez en los archivos parroquiales de Añover, se trata de al Testamentaría de Don Antonio de Rojas, el documento se inicia con la redacción del testamento el 2 de agosto de 1755, pasa por su defunción el 28 de mayo de 1756 y concluye con el cumplimiento de todas la voluntades el 31 de mayo de 1771.

Nos dice María Jesús que Don Antonio no ejerció su labor sacerdotal en Añover y que fue capellán de coro de la Santa Iglesia de Toledo. El testamento y las correspondientes anotaciones del proceso de apertura y ejecución consta de 68 folios, el encargado de ello es el escribano Don Pedro Gómez Gutiérrez.

También advierte María Jesús de algunas palabras y expresiones caídas hoy en desuso que aclara al final de su trabajo e incluso de sumas incorrectas que ella ha respetado por guardar fidelidad al documento.

Desde luego que quiero poner la testamentaría completa, pero si bastantes párrafos que a ojos de nuestra mentalidad actual pueden parecer curiosos, también nos da un reflejo de la sociedad añoverana y española del siglo XVIII.

Inicio del testamento que ya nos pone en antecedentes de los que vamos a leer:

"Yn Dey Nomine Amen

En la villa de Añover de Tajo, a seis de agosto del año de mil setecientos cincuenta y cinco, ante mí el escribano, y testigos, el Licenciado D. Antonio Joseph de Roxas, presbítero de esta villa, estando enfermo, en la cama de la enfermedad que Dios nuestro Señor ha sido servido darle, pero en su
entero y sano juicio, y entendimiento natural
creyendo como firmemente cree, en el Sagrado Misterio de la Santísima Trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas, y un solo Dios verdadero, y me entregó, a mi este pliego cerrado y sellado en el cual dijo se halla su testamento y última voluntad, escrito, en un pliego de papel común, con fecha de dos del coriente mes, y que en el deja nombrado, sepultura albacea, y heredero, que quiere y es su voluntad no se abra ni publique, hasta su muerte y que entonces, se haga con la solemnidad que el derecho dispone y que se guarde y cumpla, cuanto en él está dispuesto, por ser su testamento y última voluntad y convenir para el descargo de su conciencia y revocaba y revocó, todos los que antes de este haya hecho y otorgado, para que no valgan, y así lo otorgó, y firmó (y a quien yo el escribano doy fe conozco), y fueron testigos, Juan Muñoz, Bartolomé Cañizares, Manuel Hernández, Gerónimo Cuellar, Antonio Yzquierdo, Melchor Rodríguez y Juan Pérez vecinos de esta Villa.
"

Los siguientes folios son sobre el momento de la muerte de Don Antonio y las declaraciones de testigos sobre el hecho, identidad del finado y correspondencia del testamento que se va abrir con el que se hizo en su momento y del que fueron testigos, en los siguientes se entra en el meollo del testamento.

Lo primero, ponerse a bien con Dios:

"Yn Dei Nomine amen 


Sepase como yo el Licenciado Don Antonio Joseph de Roxas, presbítero, natural y vecino de esta villa de Añover de Tajo hijo legítimo, de Joseph de Roxas, y de Antonia Yzquierdo, naturales y vecinos, que fueron de esta dicha villa, estando enfermo en la cama de la enfermedad,...creyendo como firmemente creo en el Sagrado Misterio de la Santísima Trinidad, ... cree y confiesa, Nuestra Santa Madre la Iglesia Católica Romana,..., a la Serenísima Reina de los Angeles, María Santísima, Madre de Dios y Señora Nuestra, para que lo sea, delante de nuestro Señor Jesucristo, Su precioso hijo, y por su Intercesión me perdone, mis culpas y pecados, y para el mayor descargo de mi conciencia otorgo y ordeno mi Testamento y Última Voluntad en la forma siguiente:"


En este punto da las primeras instrucciones:

"...encomiendo mi Alma a Dios Nuestro Señor que la Creo y Redimió con su preciosa Sangre y el cuerpo a la tierra de que fue formado, y que luego que fallezca sea amortajado con vestiduras sacerdotales, y puesto en una caja ataúd, sepultado en la Ermita de Nuestra Señora de la Vega, extramuros de esta villa, haciendo la sepultura debajo de la Lámpara de dicha Ermita, y pagando los derechos Dobles y no permitiéndolo el Señor Cura, se me entierre, en la Iglesia Parroquial de esta villa, en la nave de Nuestra Señora de la Concepción, debajo de su Lámpara , que sirve a San Antonio de Padua, y que el entierro se haga en la forma acostumbrada con Misa cantada de Cuerpo presente...se me hagan honras y cavo de año a disposición de mi albacea.

Mando se apliquen por mi alma diez Bulas de Difuntos."

Continuará...

Investigación de María Jesús Juárez Gómez, hija de Añover



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